Novedades declaraciones informativas 2018

Modelo 179. Declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos

Nuevo modelo informativo sobre cesión de viviendas con fines turísticos situadas en España. Ver artículo relacionado.


Modelo 233
. Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
  Ver artículo relacionado


Modelo 347.
Declaración Informativa. Declaración anual de operaciones con terceras personas

Plazo presentación: FEBRERO (de forma indefinida).


MODELO 190.  Declaración informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. 

Hay que recordar a los clientes la importancia de informar correctamente de los datos del trabajador y conservar el modelo 145. Ver artículo relacionado

Nuevas subclaves (pendiente de aprobación):

Subclave 25 (NUEVA): Rendimientos del trabajo en especie exentos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 42.3.b) LIRPF exclusivamente referidos a aquellos destinados por las empresas o empleadores a prestar el servicio de primer ciclo de educación infantil a los hijos de sus trabajadores. No obstante, respecto de los rendimientos del trabajo exentos previstos en esta subclave, únicamente se exigirán datos cuando para la prestación de los servicios se utilicen fórmulas indirectas.

Subclave 26 (NUEVA): Rendimientos del trabajo en especie exentos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.3.d) LIRPF.

Subclave 27 (NUEVA): para identificar claramente las prestaciones públicas por maternidad exentas del IRPF.


Cuestiones generales de las informativas

Mejora de los datos:

La Agencia Tributaria debe gestionar la información obtenida del modo más eficiente posible. Esta gestión requiere una correcta identificación de los contribuyentes. Por ello, se ha cambiado el modo en el que se remite la información. Este nuevo modo supone no sólo la transmisión de la información, sino también la validación de la misma de forma simultánea.

Así, los registros con errores no serán admitidos por los sistemas de información de la AEAT. La mayoría de estos errores se refieren a problemas e incidencias relacionadas con la identificación fiscal de los contribuyentes. Por este motivo, se recomienda que, para evitar problemas y errores en los registros a declarar en la campaña de informativas 2018 y siguientes, se acceda al servicio de ayuda en la identificación fiscal disponible en la página web de la AEAT para lograr una correcta identificación de los contribuyentes que vayan a ser incluidos en las correspondientes declaraciones informativas.

Ver el protocolo de trabajo establecido en el artículo Comprobación de un NIF de terceros a efectos censales.


Declaraciones complementarias 

Se consignará una «C» si la presentación tiene por objeto incluir registros que, debiendo haber figurado en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido completamente omitidas en la misma.

Se pueden presentar tantas complementarias como sean necesarias. Necesita un número identificativo que no haya sido previamente utilizado en una presentación. Necesario informar de un número identificativo origen que corresponda con la presentación de una declaración y que no esté dado de baja. Se validarán los registros y se rechazará en su caso la presentación.


Declaraciones complementarias por sustitución

La presentación de una declaración complementaria que tenga por objeto la modificación del contenido de datos declarados en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente se podrá realizar desde el servicio de “Consulta y modificación de declaraciones”. Se validarán los registros modificados y no se admitirán erróneos ni no identificados.


Declaraciones sustitutivas

Se consignará una «S» si la presentación tiene como objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior, del mismo ejercicio. Paso previo: “Baja por sustitución” de la declaración origen previa al envío de la sustitutiva disponible (servicio de “consulta y modificación de declaraciones”). Necesita un número identificativo origen que corresponda con la presentación de una declaración que haya sido dado de baja por sustitución. Como cualquier declaración, necesita un número identificativo de la sustitutiva que no haya sido previamente utilizado en una presentación, para evitar duplicados. Este servicio y los requisitos de las Sustitutivas garantizan que, antes del acto de presentación, ha habido una acción previa del presentador en la que se han eliminado previamente los registros no deseados, lo cual permite la toma de decisiones por parte del presentador en la gestión de los registros.

Archivos adjuntos:

NOVEDADES_INFORMATIVAS_2018.pdf